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Ley Federal de Derechos Artículo 195-Z-16


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/06/2025

Ley Federal de Derechos
Artículo 195-Z-16.

Por la revisión y, en su caso, validación de:

I.Cada certificado estatutario emitido por los inspectores navales privados y las Organizaciones Reconocidas (OR) autorizadas, conforme a las siguientes cuotas:

a).Hasta 10 unidades de arqueo bruto $52.12

b).De más de 10 y hasta 20 unidades de arqueo bruto $58.49

c).De más de 20 y hasta 50 unidades de arqueo bruto $101.29

d).De más de 50 y hasta 75 unidades de arqueo bruto $273.36

e).De más de 75 y hasta 100 unidades de arqueo bruto $337.32

f).De más de 100 y hasta 200 unidades de arqueo bruto $354.03

g).De más de 200 y hasta 300 unidades de arqueo bruto $407.70

h).De más de 300 y hasta 500 unidades de arqueo bruto $497.56

i).De más de 500 y hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $666.31

j).De más de 1,000 y hasta 2,000 unidades de arqueo bruto $791.56

k).Por las primeras 2,000 unidades de aqueo bruto la cuota señalada en el inciso anterior, y por cada una o fracción de las excedentes $1.98

II. Cada reporte de cada servicio de evaluación y verificación de protección marítima a embarcaciones, que realizan las Organizaciones de Protección Reconocidas (OPR), se pagará la cuota de $2,058.66

Artículo 195-Z-16 Ley Federal de Derechos
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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


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