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Ley Federal de Derechos Artículo 199-A


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/06/2025

Ley Federal de Derechos
Artículo 199-A.

Las personas físicas y morales mexicanas que en su caso y conforme a la Leyde Pesca, practiquen la pesca comercial en aguas de jurisdicción nacional pagarán el derecho de pesca, anualmente, conforme a las siguientes cuotas:

ESPECIE
CUOTA ANUAL POR TONELADA NETA O FRACCIÓN DE REGISTRO DE LA EMBARCACIÓN
DE ARTES O EQUIPOS

IABULÓN

$1,142.93

IISARGAZO

$152.75
$4,136.99
IIIALGAS MARINAS

$7,030.59
$4,136.99
IVALMEJAS.

$961.10
$4,136.99
VANCHOVETA

$104.95

VI.CALAMAR

$155.73

VIICAMARÓN DE ALTAMAR

$71.45

VIIICAMARÓN DE AGUAS PROTEGIDAS

$147.99

IXCANGREJO

$124.04

XCARACOL

$521.08

XIERIZO

$2,400.78

XIIJAIBA

$81.03

XIIIESPECIES MARINAS DE ESCAMA

$104.95

XIVESPECIES DE ESCAMA DE AGUA DULCE

$52.30

XVLANGOSTA

$497.10

XVILANGOSTINO

$81.03

XVIIOSTIÓN

$104.95

XVIIIPICUDOS

$90.57

XIXPULPO

$296.29
$401.52
XXSARDINA

$104.95

XXITIBURÓN

$26.32

XXIITÚNIDOS

$71.45

XXIIIOTRAS PESQUERÍAS MARINAS

$95.40
$401.52
XXIVOTRAS PESQUERÍAS DE AGUA DULCE
$52.30
$401.52

XXV.- Por la extracción de organismos adultos de especies de la fauna acuática del medio natural, para utilizarlos como pie de cría o reproductores, se pagará la cuota anual por tonelada neta de registro establecida para la especie de que se trate.

XXVI.- Por la extracción de larvas y postlarvas de camarón del medio natural, para abastecer unidades de producción acuícola, se pagará la cuota de $1,099.74por cada millónde organismos autorizados.

XXVII.- Por la extracción de larvas, postlarvas, crías, huevos, semillas o alevines de otras especies de la flora y fauna acuáticas distintas al camarón del medio natural, para abastecer unidades de producción acuícola, se pagará la cuota anual por tonelada neta de registro establecida para la especie de que se trate.

Las cuotas anuales señaladas en las fracciones I a la XXIVdeberán pagarse, por primera vez, al cubrir el derecho por la expedición del permiso o concesión y previo a la entrega del documento respectivo.

El pago se efectuará atendiendo a la vigencia y fecha de expedición de los permisos o concesiones de pesca comercial, los que se refieran a períodos menores a un año se cubrirán mediante cuotas por cada mes o fracción, dividiendo la cuota anual correspondiente a la especie de que se trate entre doce. El pago de cuotas correspondientes a años subsecuentes amparados por el permiso o concesión expedido se cubrirá dentro del mes de enero del ejercicio fiscal correspondiente.

Artículo 199-A Ley Federal de Derechos
Artículo 1o ...198‑B 199 199‑A 199‑B 200 ...292

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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


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