Ley Federal de Derechos Artículo 25 Federal de México
Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 25.
Por la realización de trámites relacionados con las fracciones I y IV del artículo 27 Constitucional, se pagará derechos conforme a las siguientes cuotas:I.- (Se deroga)
II.- (Se deroga)
III.- Por el examen de cada solicitud de permiso a que se refieren las fracciones IV, V, y VII $549.57
IV.- Para la celebración de contratos u obtención de concesiones:
a).- (Se deroga).
b).- Obtención de concesiones del Gobierno Federal o de los gobiernos de las Entidades Federativas o de los Municipios $9,685.06
V.Por la expedición de permisos para la constitución de fideicomisos:
a).Por los permisos para constituir fideicomisos a que se refiere el artículo 11 de la Leyde Inversión Extranjera $19,952.46
b).Para la modificación de los permisos para la constitución de los fideicomisos a que se refiere el inciso anterior $8,977.07
c).Por la solicitud extemporánea del permiso para la ampliación de la vigencia de los contratos de fideicomiso, de conformidad con lo dispuesto en la Leyde Inversión Extranjera $9,782.10
d).Para los demás casos no señalados en los incisos anteriores $659.22
VI.- Por la recepción y estudio del escrito de convenio de renuncia, para la obtención de concesiones para la exploración y explotación de minas o aguas en el territorio nacional $9,685.06
VII.- (Se deroga)
VIII.- (Se deroga).
IX.(Se deroga).
X.- Por la presentación de cada aviso de adquisición de bienes inmuebles por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros en zona restringida, destinados a fines no residenciales $1,358.17
XI.- Por la presentación extemporánea de los siguientes avisos:
a) (Se deroga)
b) (Se deroga)
c) (Se deroga)
d).- De aviso de adquisición de bienes inmuebles por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros en zona restringida, destinados a fines no residenciales $10,441.31
XII.- (Se deroga).
XIII.- (Se deroga).
XIV.- Los no especificados en las fracciones anteriores $659.22
XV.-Por la recepción, estudio y, en su caso, aprobación del escrito de convenio de renuncia para la adquisición, por parte de extranjeros, de bienes inmuebles fuera de la zona restringida en el territorio nacional $4,840.48
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el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
.......... :)
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