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Ley Federal de Derechos Artículo 288-A Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 288-A.

Están obligadas a pagar el derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y morales que usen o aprovechen bienes sujetos al régimen del dominio público de la Federaciónen los museos, monumentos históricos y zonas arqueológicas administrados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, conforme a lo que a continuación se señala:

I.$67.72mensuales por cada metro cuadrado o fracción, cuando el uso o goce consista en la realización de actividades comerciales y el espacio no exceda de 30 metros cuadrados

El pago del derecho a que se refiere esta fracción, se efectuará mensualmente mediante declaración que se presentará en las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

II.$40.61por cada metro cuadrado o fracción que se use, goce o aproveche para cada evento cultural de hasta cuatro horas de duración, incluido el tiempo de montaje y desmontaje de instalaciones, realizado en espacios exteriores de cualquier tipo.

El pago del derecho a que se refiere esta fracción, se efectuará previamente a la realización del evento.

III.$11,285.30por evento cultural de hasta cuatro horas de duración, incluido el tiempo de montaje y desmontaje de equipos y accesorios, realizado en espacios cerrados, tales como auditorios, vestíbulos y salas.

El pago del derecho a que se refiere esta fracción, se efectuará previamente a la realización del evento.

Las cuotas a que se refieren las fracciones II y III de este artículo, se incrementarán proporcionalmente a partir de la terminación de la cuarta hora de acuerdo con la duración total del evento.

Para los efectos de este artículo, no estarán obligados al pago de los derechos los siguientes sujetos:

a).Las instituciones públicas que realicen conjuntamente con el Instituto Nacional de Antropología e Historia eventos culturales, previa celebración de un convenio.

b).Las instituciones públicas que realicen conjuntamente con el Instituto Nacional de Antropología e Historia actividades de promoción, difusión y comercialización culturales, previa celebración de un convenio.

Federal de México Artículo 288-A Ley Federal de Derechos
Artículo 1o ...287 288 288‑A 288‑A‑1 288‑A‑2 ...292

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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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