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Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 52 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Federal
Artículo 52.

La solicitud de protección de datos será desechada por improcedente cuando:

I.El Instituto no sea competente;

II.El Instituto haya conocido anteriormente de la solicitud de protección de datos contra el mismo acto y resuelto en definitiva respecto del mismo recurrente;

III.Se esté tramitando ante los tribunales competentes algún recurso o medio de defensa interpuesto por el titular que pueda tener por efecto modificar o revocar el acto respectivo;

IV.Se trate de una solicitud de protección de datos ofensiva o irracional, o

V.Sea extemporánea.

Federal de México Artículo 52 Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo 1 ...50 51 52 53 54 ...69

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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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