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Ley Federal de Revocación de Mandato Artículo 16


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Ley Federal de Revocación de Mandato
Artículo 16.

La solicitud deberá presentarse por escrito ante el Instituto, en el plazo establecido en el artículo 9 de esta Ley, y deberá contar, por lo menos, con los siguientes elementos:

I.Nombre completo, clave de elector y firma de la persona solicitante o solicitantes;

II.Nombre completo y domicilio de la o el representante autorizado para oír y recibir notificaciones;

III.Señalar domicilio en la Ciudad de México para oír y recibir notificaciones; en su defecto, las notificaciones se publicarán de forma física en los estrados del Instituto, así como de forma electrónica en la página oficial del Instituto;

IV.Anexo con los formatos aprobados por el Consejo General, y

V. La manifestación expresa de los motivos y causas en términos de esta Ley.



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