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Ley Federal de Revocación de Mandato Artículo 19 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Federal de Revocación de Mandato Federal
Artículo 19.

La Convocatoria para el proceso de revocación de mandato deberá contener, al menos,lo siguiente:

I.Fundamentos constitucionales y legales aplicables, incluyendo la definición de revocación de mandato establecida en el artículo 5 de esta Ley;

II.Las etapas del proceso de revocación de mandato;

III.El nombre de la persona que ocupa la titularidad de la Presidencia de la República, quien será objeto del proceso de revocación de mandato;

IV.Fecha de la jornada de votación en la que habrá de decidirse sobre la revocación de mandato;

V.La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?;

VI.Las reglas para la participación de las ciudadanas y los ciudadanos, y

VII.El lugar y fecha de la emisión de la Convocatoria.



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