Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Artículo 290 Federal de México
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Federal
Artículo 290.
El Instituto elaborará, publicará y mantendrá actualizados los procedimientos y lineamientos aplicables a la homologación de productos destinados a telecomunicaciones, que deberán servir como guía a los interesados en obtener el correspondiente certificado para un determinado producto.El Instituto deberá atender cualquier inconformidad relacionada con el procedimiento de homologación que presenten los solicitantes, a fin de que se tomen las medidas pertinentes.
Los lineamientos mencionados, deberán incluir una clasificación genérica de productos sujetos a homologación e indicar las normas o disposiciones técnicas aplicables de forma parcial o total, en consistencia con dicha clasificación.
Los lineamientos deberán contemplar la siguiente jerarquía de aplicación de normas o disposiciones técnicas:
I.Normas oficiales mexicanas;
II.Disposiciones técnicas expedidas por el Instituto;
III.Normas Mexicanas;
IV.Normas y disposiciones técnicas referenciadas en tratados internacionales suscritos y ratificados por nuestro país;
V.Normas y disposiciones técnicas emitidas por organismos internacionales de normalización, y
VI.Normas y disposiciones técnicas emitidas por entidades reguladoras o de normalización de otros países.
El Instituto estará facultado para acreditar peritos en materia de telecomunicaciones y de radiodifusión, como apoyo a los procedimientos de homologación.
TÍTULO DÉCIMO CUARTO
Régimen de Verificación
Federal de México Artículo 290 Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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