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Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Artículo 311 México


Derogado

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo 311.

Corresponde al Instituto sancionar conforme a lo siguiente:

a)Con multa por el equivalente al doble de los ingresos obtenidos por el concesionario derivados de rebasar los topes máximos de transmisión de publicidad establecidos en esta Ley;

b)Con multa por el equivalente de 0.51% hasta el 1% de los ingresos del concesionario, autorizado o programador, por:

I.No poner a disposición de las audiencias mecanismos de defensa;

II.No nombrar defensor de las audiencias o no emitir códigos de ética, o

c)Con multa de 100 a 500 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito Federal al defensor de las audiencias por:

I.No cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 259 y 261 de esta Ley, o

II. Se deroga.

En el supuesto de que haya cumplimiento espontáneo del concesionario o del defensor de las audiencias, respectivamente, y no hubiere mediado requerimiento o visita de inspección o verificación del Instituto, no se aplicará la sanción referida en el presente inciso.

En caso de que se trate de la primera infracción, el Instituto amonestará al infractor por única ocasión.

TÍTULO DÉCIMO SEXTO



México Artículo 311 Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo 1 ...309 310 311 312 313 ...315

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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