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Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 54 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal
Artículo 54.

El Consejo Consultivo tendrá, las siguientes atribuciones:

I. Aprobar sus reglas de operación;

II. Presentar al Pleno su informe anual de actividades;

III. Opinar sobre el programa anual de trabajo del Instituto y su cumplimiento;

IV. Emitir un informe anual sobre el desempeño del Instituto;

V. Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente;

VI. Conocer el informe del Instituto sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio presupuestal y emitir las observaciones correspondientes;

VII. Emitir opiniones no vinculantes al Instituto sobre temas relevantes en las materias de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales;

VIII. Emitir opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones sustantivas del Instituto;

IX. Opinar sobre la adopción de criterios generales en materia sustantiva;

X. Proponer mejores prácticas de participación ciudadana y colaboración en la implementación y evaluación de la regulación en materia de datos abiertos;

XI. Analizar y proponer la ejecución de programas, proyectos y acciones relacionadas con la materia de transparencia y acceso a la información y su accesibilidad, y

XII. Las que deriven de la Ley General y esta Ley.

Las opiniones emitidas por el Consejo Consultivo referidas en el presente artículo serán públicas.



Federal de México Artículo 54 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 1 ...52 quinquies 53 54 55 56 ...206

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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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