Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Artículo 70-A
Ley Federal Sobre Metrología y Normalización
Artículo 70-A.
Para operar como entidad de acreditación se requiere la autorización de la Secretaría, previa opinión favorable de la mayoría de los miembros de la Comisión Nacional de Normalización a que se refiere la fracción I del artículo 59, y cumplir con lo siguiente:I. Acreditar la capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera, para lo que se deberá acompañar:
a) Estatutos sociales o proyecto de éstos, detallando órganos de gobierno, y la estructura técnica funcional de la entidad donde conste la representación equilibrada de los organismos productivos, comerciales y académicos interesados, a nivel nacional, en el proceso de acreditación;
b) Relación de los recursos materiales y humanos con que cuenta, o propuesta de los mismos, detallando grado académico y experiencia en la materia de éstos últimos; y
c) Documentos que demuestren su solvencia financiera para asegurar la continuidad del sistema de acreditación;
II. Demostrar su capacidad para atender diversas materias, sectores o ramas de actividad;
III. Acompañar, en su caso, sus acuerdos con otras entidades similares o especializadas en las materias a que se refiere esta Ley; y
IV. Señalar las tarifas máximas que aplicaría en la prestación de sus servicios.
Integrada la documentación la Secretaría emitirá un informe y lo someterá a las dependencias competentes para su opinión.
Artículo 70-A Ley Federal Sobre Metrología y Normalización
Mejores juristas





A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
Leer de nuevo
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Artículo 269. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Artículo 399. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Artículo 226. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Artículo 829. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Artículo 279.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios