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Ley General de Archivos Artículo 108 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

LEY General de Archivos Federal
Artículo 108.

Para el cumplimiento de su objeto, el Archivo General contará con los siguientes órganos:

I.Órgano de Gobierno;

II.Dirección General;

III.Órgano de Vigilancia;

IV.Consejo Técnico, y

V.Las estructuras administrativas y órganos técnicos establecidos en su Estatuto Orgánico.

El Consejo Técnico operará conforme a los lineamientos emitidos por el Órgano de Gobiernopara tal efecto.

CAPÍTULO II

DEL ÓRGANO DE GOBIERNO

Federal de México Artículo 108 Ley General de Archivos
Artículo 1 ...106 107 108 109 110 ...123

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Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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