Imprimir

Ley General de Archivos Artículo 73 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

LEY General de Archivos Federal
Artículo 73.

Los Consejos Locales tendrán las siguientes atribuciones:

I.Implementar las políticas, programas, lineamientos y directrices para la organización y administración de los archivos que establezca el Consejo Nacional;

II.Aprobar criterios para homologar la organización y conservación de los archivos locales;

III.Aprobar las campañas de difusión sobre la importancia de los archivos como fuente de información esencial y como parte de la memoria colectiva;

IV.En el marco del Consejo Nacional, los Consejos Locales podrán proponer las disposiciones que regulen la creación y uso de sistemas automatizados, para la gestión documental y administración de archivos para los sujetos obligados del ámbito local, que contribuyan a la organización y conservación homogénea de sus archivos;

V.Establecer mecanismos de coordinación con los sujetos obligados de los municipios o de las alcaldías, según corresponda;

VI.Operar como mecanismo de enlace y coordinación con el Consejo Nacional;

VII.Fomentar la generación, uso y distribución de datos en formatos abiertos, y

VIII.Las demás establecidas en esta Ley.

CAPÍTULO IV

DE LA COORDINACIÓN CON EL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA,ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES YEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

Federal de México Artículo 73 Ley General de Archivos
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...123

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse