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Ley General de Educación Artículo 172 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/11/2023

Ley General de Educación Federal
Artículo 172.

Para determinar la sanción, se considerarán las circunstancias en que se cometió la infracción, los daños y perjuicios que se hayan producido o puedan producirse a los educandos, la gravedad de la infracción, las condiciones socioeconómicas del infractor, el carácter intencional o no de la infracción y si se trata de reincidencia.

Federal de México Artículo 172 Ley General de Educación
Artículo 1 ...170 171 172 173 174 ...181

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