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Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible Artículo 58 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible Federal
Artículo 58.

El SINSAMAC tendrá las siguientes facultades:

I.Analizar, monitorear y opinar sobre el proceso de implementación de la Estrategia Nacional de Alimentación y el Programa Especial del Sistema Agroalimentario;

II.Analizar la Política Nacional Alimentaria y la generación de programas alimentarios desde una perspectiva nacional, transversal e intersectorial;

III.Opinar sobre la fijación de los precios de los alimentos nutritivos y de calidad, sobre todo de aquellos que integran las canastas normativas regionales, a efecto de potenciar un consumo diario suficiente;

IV.Generar planes y protocolos de acción, en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil, en caso de Declaratoria de actuación en situaciones de emergencia que afecte a más de una entidad federativa;

V.Garantizar la evaluación objetiva e imparcial del sistema agroalimentario, y

VI.Las demás que le confiera la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones que de ella deriven.

Federal de México Artículo 58 Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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