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Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible Artículo 58 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/06/2026

Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
Artículo 58.

El SINSAMAC tendrá las siguientes facultades:

I.Analizar, monitorear y opinar sobre el proceso de implementación de la Estrategia Nacional de Alimentación y el Programa Especial del Sistema Agroalimentario;

II.Analizar la Política Nacional Alimentaria y la generación de programas alimentarios desde una perspectiva nacional, transversal e intersectorial;

III.Opinar sobre la fijación de los precios de los alimentos nutritivos y de calidad, sobre todo de aquellos que integran las canastas normativas regionales, a efecto de potenciar un consumo diario suficiente;

IV.Generar planes y protocolos de acción, en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil, en caso de Declaratoria de actuación en situaciones de emergencia que afecte a más de una entidad federativa;

V.Garantizar la evaluación objetiva e imparcial del sistema agroalimentario, y

VI.Las demás que le confiera la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones que de ella deriven.

México Artículo 58 Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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