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Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible Artículo 60 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible Federal
Artículo 60.

El Consejo Intersectorial Nacional será presidido directamente por la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, quien podrá delegar esta función en la Dirección del SINSAMAC, y se integrará con el fin de asegurar la discusión y atención transversal de políticas públicas en la materia. Los cargos de las personas que lo integran son honoríficos, por lo que los integrantes no tendrán derecho a remuneración alguna por las funciones que desempeñen en dicho Consejo.

Artículo 61.El Consejo Intersectorial Nacional se integrará por:

I.Secretaría de Salud;

II.Instituto Mexicano del Seguro Social;

III.Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

IV.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;

V.Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;

VI.Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

VII.Secretaría de Educación Pública;

VIII.Secretaría de Economía;

IX.Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;

X.Secretaría de Bienestar;

XI.Secretaría de Gobernación;

XII.Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

XIII.Secretaría de Relaciones Exteriores;

XIV.El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y

XV.Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.

Cada Secretaría participante deberá designar a una de sus unidades administrativas, por lo menos a nivel de dirección general, como la encargada de coordinar y dar seguimiento permanente a los trabajos del Consejo. Además, contará, de manera permanente, con representantes del sector social, incluidos la sociedad civil, la academia y personas expertas en la materia. Los cargos de estos representantes serán de carácter honorífico y podrán nombrar suplentes de un nivel jerárquico inmediato inferior.

El Consejo Intersectorial Nacional podrá convocar a otras dependencias y entidades gubernamentales; de los Poderes Legislativo y Judicial; de los órganos constitucionalmente autónomos; de las entidades federativas; de los municipios y demarcaciones territoriales, así como a representantes de los sectores social y privado a participar en sus trabajos cuando se consideren temas relacionados con el ámbito de su competencia.

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