Ley General de Responsabilidades Administrativas Artículo 222 Federal de México
Ley General de Responsabilidades Administrativas Federal
Artículo 222.
La ejecución de las sanciones por Faltas administrativas no graves se llevará a cabo de inmediato, una vez que sean impuestas por las Secretarías o los Órganos internos de control, y conforme se disponga en la resolución respectiva.
Federal de México Artículo 222 Ley General de Responsabilidades Administrativas
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
si el organo interno de control me notifico en febrero del 2021 la resolución de inhabilitación temporal por falta no grave por 3 meses y a la fecha no aparezco como servidor publico inhabilitado en el sira y la sanción será ejecutada en los términos del art 222 Ley General de Responsabilidades Administrativas Federal
Artículo 222.
La ejecución de las sanciones por Faltas administrativas no graves se llevará a cabo de inmediato, una vez que sean impuestas por las Secretarías o los Órganos internos de control, y conforme se disponga en la resolución respectiva.
Lea más: https://leyes-mx.com/ley_general_de_responsabilidades_administrativas/222.htm
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios