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Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 106 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/10/2024

Ley General de Sociedades Mercantiles Federal
Artículo 106.

Para acreditar la participación a que se refiere el artículo anterior, se expedirán títulos especiales denominados “Bonos de Fundador” sujetos a las disposiciones de los artículos siguientes.

Federal de México Artículo 106 Ley General de Sociedades Mercantiles
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pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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