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Ley General de Víctimas Artículo 93 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley General de Víctimas Federal
Artículo 93.

La Comisión Ejecutiva cuenta con un comité interdisciplinario evaluador con las siguientes facultades:

I. Elaborar los proyectos de dictamen de acceso a los recursos para el otorgamiento de los Recursos de Ayuda;

II.Elaborar los proyectos de dictamen de reparación integral y, en su caso, la compensación, previstas en la Ley y el Reglamento;

III.Elaborar los proyectos de dictamen para la creación de fondos de emergencia, y

El Decreto de reforma DOF 06-11-2020, en su Artículo Décimo Octavo estableció que se deroga el artículo “93, fracción III” de esta LeySin embargo, en el articulado del mismo decreto no se incluyó de forma expresa la derogación de la fracción III del artículo 93.

IV.Las demás establecidas en la Ley y el Reglamento.

Federal de México Artículo 93 Ley General de Víctimas
Artículo 1 ...91 92 93 94 95 ...189

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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