Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad Federal de México
Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad Federal de México
- Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público, de interés social...
- Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I. Accesibilidad. Las...
- Artículo 3. La observancia de esta Ley corresponde a las dependencias, entidades...
- Artículo 4. Las personas con discapacidad gozarán de todos los derechos que establece el...
- Artículo 5. Los principios que deberán observar las políticas públicas, son: I. La...
- Artículo 6. Son facultades del Titular del Poder Ejecutivo Federal en materia de esta...
- Artículo 7. La Secretaría de Salud promoverá el derecho de las personas con discapacidad...
- Artículo 8. El Consejo, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios...
- Artículo 9. Queda prohibido cualquier tipo de discriminación contra las personas con...
- Artículo 10. La Secretaría de Salud en coordinación con el Consejo, emitirá la...
- Artículo 11. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá el derecho de las...
- Artículo 12. La Secretaría de Educación Pública promoverá el derecho a la educación de las...
- Artículo 13. En el Sistema Nacional de Bibliotecas y salas de lectura, entre otros, se...
- Artículo 14. La Lengua de Señas Mexicana, es reconocida oficialmente como una lengua...
- Artículo 15. La educación especial tendrá por objeto, además de lo establecido en la Ley...
- Artículo 16. Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a...
- Artículo 17. Para asegurar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento o...
- Artículo 18. Las personas con discapacidad tienen derecho a una vivienda digna. Los...
- Artículo 19. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes promoverá el derecho de las...
- Artículo 20. Los medios de comunicación implementarán el uso de tecnología y, en su caso,...
- Artículo 21. La Secretaría de Desarrollo Social promoverá el derecho de las personas con...
- Artículo 22. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía a través de la legislación...
- Artículo 23. El Consejo en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y...
- Artículo 24. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte promoverá el derecho de las...
- Artículo 25. La Secretaría de Cultura promoverá el derecho de las personas con...
- Artículo 26. La Secretaría de Cultura, diseñará y ejecutará políticas y programas...
- Artículo 27. La Secretaría de Turismo promoverá el derecho de las personas con...
- Artículo 28. Las personas con discapacidad tendrán derecho a recibir un trato digno y...
- Artículo 29. Las instituciones de administración e impartición de justicia contarán con...
- Artículo 30. Las instituciones de administración e impartición de justicia implementarán...
- Artículo 31. El Poder Ejecutivo Federal y los Gobiernos de las Entidades Federativas, en...
- Artículo 32. Las personas con discapacidad tienen derecho a la libertad de expresión y...
- Artículo 33. El Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los...
- Artículo 34. El Programa deberá cumplir con los siguientes lineamientos generales: I....
- Artículo 35. Las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las...
- Artículo 36. El Sistema tiene como objeto la coordinación y seguimiento continuo de los...
- Artículo 37. El Sistema tendrá los siguientes objetivos: I. Difundir los derechos de...
- Artículo 38. Se crea el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas...
- Artículo 39. El Consejo tiene por objeto el establecimiento de la política pública para...
- Artículo 40. El domicilio del Consejo será la Ciudad de México, Distrito Federal y podrá...
- Artículo 41. El patrimonio del Consejo se integrará con: I. Los recursos que le...
- Artículo 42. Para el cumplimiento de la presente Ley, el Consejo tendrá las siguientes...
- Artículo 43. La Administración del Consejo corresponde a: I. La Junta de Gobierno, y...
- Artículo 44. La Junta de Gobierno del Consejo estará integrada por diez representantes del...
- Artículo 45. La Junta de Gobierno será presidida por el Titular de la Secretaría de Salud....
- Artículo 46. La Junta de Gobierno con la aprobación de la mayoría de sus asistentes, podrá...
- Artículo 47. La Junta de Gobierno tendrá, además de aquellas que establece el artículo 58...
- Artículo 48. La Junta de Gobierno sesionará válidamente cuando en la sesión estén...
- Artículo 49. El Director General será designado por el Presidente de la República,...
- Artículo 50. El Director General del Consejo tendrá, además de aquellas que establece el...
- Artículo 51. La Asamblea Consultiva es un órgano de asesoría y consulta del Consejo...
- Artículo 52. La Asamblea Consultiva tendrá las siguientes atribuciones: I. Atender...
- Artículo 53. La Asamblea Consultiva estará integrada por: I. Un representante electo...
- Artículo 54. Los integrantes de la Asamblea Consultiva, cuyo cargo tendrá el carácter de...
- Artículo 55. Las bases de funcionamiento y organización de la Asamblea Consultiva se...
- Artículo 56. La Asamblea Consultiva podrá recibir la colaboración de otras dependencias y...
- Artículo 57. El Consejo contará con una contraloría, órgano interno de control al frente...
- Artículo 58. Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública el ejercicio de las...
- Artículo 59. Las relaciones de trabajo del Consejo y su personal se regirán por la Ley...
- Artículo 60. El incumplimiento de los preceptos establecidos por esta Ley será...
Otras regulaciones
Ley Federal de Austeridad Republicana Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros Ley de Desarrollo Rural Sustentable Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación Ley del Impuesto a los Depósitos en EfectivoMejores juristas





agravantes del articulo 245 codigo penal de baja california norte
Es enserio que cree que hiciste eso? Estudiaste alguna ingeniería o tienes conocimientos en informática para al menos llegar a pensar que puedes hacerlo?. Tu servicio es hacer tatuajes y lavar coches, nada que ver con lo que la persona dice
Tengo un problema con un sujeto que está divulgando que jaque sus cuentas de Google y bancarias donde me ve me grita cosas como ratero y jjakeador de cuentas eso me ah estado provocando bajas en mi negocio y que la gente vecina ya no solicite mis servicios como tatuador y lava coches . Que puedo yo hacer con este señor ? ya no se que hacer cada vez es menos los ingresos y la gente me tacha de lo peor
cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.
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