Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Federal de México
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Federal de México
- Artículo 1. Objeto general
- Artículo 2. Ámbito de competencia
- Artículo 3. Glosario
- Artículo 4. Principios de los Mecanismos Alternativos
- Artículo 5. Procedencia
- Artículo 6. Oportunidad
- Artículo 7. Derechos de los Intervinientes
- Artículo 8. Obligaciones de los Intervinientes
- Artículo 9. Solicitud para la aplicación del Mecanismo Alternativo y su inicio
- Artículo 10. Derivación
- Artículo 11. Elección de órgano por parte de los Intervinientes
- Artículo 12. Admisibilidad
- Artículo 13. Registro del Mecanismo Alternativo
- Artículo 14. Invitación al Requerido
- Artículo 15. Contenido de la Invitación
- Artículo 16. Sesiones preliminares
- Artículo 17. Aceptación de sujetarse al Mecanismo Alternativo
- Artículo 18. Suspensión de la prescripción
- Artículo 19. De las sesiones de Mecanismos Alternativos
- Artículo 20. Mecanismo alternativo en detención por flagrancia o medida cautelar
- Artículo 21. Concepto
- Artículo 22. Desarrollo de la sesión
- Artículo 23. Oralidad de la sesiones
- Artículo 24. Pluralidad de sesiones
- Artículo 25. Concepto
- Artículo 26. Desarrollo de la sesión
- Artículo 27. Concepto
- Artículo 28. Desarrollo de la sesión
- Artículo 29. Alcance de la reparación
- Artículo 30. Sustitución del Mecanismo Alternativo
- Artículo 31. Salvaguarda de derechos
- Artículo 32. Conclusión anticipada de los Mecanismos Alternativos
- Artículo 33. Requisitos de los Acuerdos
- Artículo 34. Efectos de los Acuerdos
- Artículo 35. Cumplimiento de los Acuerdos
- Artículo 36. Área de seguimiento
- Artículo 37. Integración
- Artículo 38. Reuniones de revisión
- Artículo 39. Comunicación
- Artículo 40. Del Órgano
- Artículo 41. Capacitación y difusión
- Artículo 42. Interdisciplinariedad
- Artículo 43. Bases de datos
- Artículo 44. Autoridades auxiliares y redes de apoyo
- Artículo 45. Coordinación entre la Federación y entidades federativas
- Artículo 46. Del Consejo de certificación en sede judicial
- Artículo 47. Criterios mínimos de certificación
- Artículo 48. Requisitos para ser Facilitador
- Artículo 49. Vigencia de la certificación
- Artículo 50. Requisitos mínimos de ingreso y permanencia
- Artículo 51. Obligaciones de los Facilitadores
- Artículo 52. Impedimentos y Excusas
Otras regulaciones
Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Federal de Armas de Fuego y ExplosivosMejores juristas
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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