Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Federal de México
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Federal de México
- Artículo 1. Objeto general
- Artículo 2. Ámbito de competencia
- Artículo 3. Glosario
- Artículo 4. Principios de los Mecanismos Alternativos
- Artículo 5. Procedencia
- Artículo 6. Oportunidad
- Artículo 7. Derechos de los Intervinientes
- Artículo 8. Obligaciones de los Intervinientes
- Artículo 9. Solicitud para la aplicación del Mecanismo Alternativo y su inicio
- Artículo 10. Derivación
- Artículo 11. Elección de órgano por parte de los Intervinientes
- Artículo 12. Admisibilidad
- Artículo 13. Registro del Mecanismo Alternativo
- Artículo 14. Invitación al Requerido
- Artículo 15. Contenido de la Invitación
- Artículo 16. Sesiones preliminares
- Artículo 17. Aceptación de sujetarse al Mecanismo Alternativo
- Artículo 18. Suspensión de la prescripción
- Artículo 19. De las sesiones de Mecanismos Alternativos
- Artículo 20. Mecanismo alternativo en detención por flagrancia o medida cautelar
- Artículo 21. Concepto
- Artículo 22. Desarrollo de la sesión
- Artículo 23. Oralidad de la sesiones
- Artículo 24. Pluralidad de sesiones
- Artículo 25. Concepto
- Artículo 26. Desarrollo de la sesión
- Artículo 27. Concepto
- Artículo 28. Desarrollo de la sesión
- Artículo 29. Alcance de la reparación
- Artículo 30. Sustitución del Mecanismo Alternativo
- Artículo 31. Salvaguarda de derechos
- Artículo 32. Conclusión anticipada de los Mecanismos Alternativos
- Artículo 33. Requisitos de los Acuerdos
- Artículo 34. Efectos de los Acuerdos
- Artículo 35. Cumplimiento de los Acuerdos
- Artículo 36. Área de seguimiento
- Artículo 37. Integración
- Artículo 38. Reuniones de revisión
- Artículo 39. Comunicación
- Artículo 40. Del Órgano
- Artículo 41. Capacitación y difusión
- Artículo 42. Interdisciplinariedad
- Artículo 43. Bases de datos
- Artículo 44. Autoridades auxiliares y redes de apoyo
- Artículo 45. Coordinación entre la Federación y entidades federativas
- Artículo 46. Del Consejo de certificación en sede judicial
- Artículo 47. Criterios mínimos de certificación
- Artículo 48. Requisitos para ser Facilitador
- Artículo 49. Vigencia de la certificación
- Artículo 50. Requisitos mínimos de ingreso y permanencia
- Artículo 51. Obligaciones de los Facilitadores
- Artículo 52. Impedimentos y Excusas
Mejores juristas
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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente
Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla
Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue
Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
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