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Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Artículo 158 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Federal
Artículo 158. Apercibimiento

Consiste en la conminación que hace el Juez a la persona adolescente para que evite la futura realización de conductas tipificadas como delito, así como la advertencia que, en el caso de reincidir en su conducta, se le aplicará una medida más severa.



Federal de México Artículo 158 Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
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