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Ley Orgánica de la Armada de México Artículo 51 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2026

Ley Orgánica de la Armada de México
Artículo 51.

Los requisitos esenciales para causar alta en el servicio activo de la Armada de México son:

I.Ser persona mexicana por nacimiento;

II.No contar con otra nacionalidad;

III.Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles y políticos;

IV.No contar con antecedentes penales por delitos dolosos, y

V.Reunir los requisitos de edad, de aptitud física y académica, de conducta y probidad, así como encontrarse médica y clínicamente sana y apta para el servicio de las armas, en términos de las normas aplicables.

México Artículo 51 Ley Orgánica de la Armada de México
Artículo 1 ...49 50 51 52 53 ...101

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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