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Ley que Crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Artículo 3o Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/10/2024

Ley que Crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Federal
Artículo 3o.

La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea tendrá las siguientes finalidades:

I.- Impartir a los militares conocimientos científicos, técnicos y humanísticos a nivel de educación media superior y educación superior, para el mejor cumplimiento de las misiones de las Armas, Ramas y Servicios de dichas instituciones.

II.- Formar profesores para las diversas asignaturas que se impartan en los Establecimientos de Educación Militar.

III.- Realizar investigación científica en general y la relacionada con el avance de la ciencia y arte militares.

IV.- Hacer llegar los beneficios de la cultura a los componentes del Ejército y Fuerza Aérea, a efecto de ampliar su formación así como sus conocimientos militares, para lograr más eficiencia en el cumplimiento de sus misiones.

V.- Desarrollar en los educandos una formación espiritual acorde con los altos intereses de la Patria.

Federal de México Artículo 3o Ley que Crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea
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asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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Grazie


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos


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