Código Electoral Artículo 424 Estado de Hidalgo
Código Electoral Hidalgo
Artículo 424.
El escrito que contenga el juicio deberá contener, además de los requisitos generales señalados en el artículo 356 de este Código, los siguientes:
I. Señalar la elección que se impugna, manifestando expresamente si se objetan los resultados del cómputo, la declaración de validez de la elección y, por consecuencia, el otorgamiento de las constancias de mayoría respectivas;
II. La mención individualizada de las casillas cuya votación se solicite sea anulada en cada caso y la causal que se invoque para cada una de ellas;
III. El señalamiento del error aritmético, cuando por este motivo se impugnen los resultados consignados en las actas de cómputo Distrital o Municipal; y
IV. La conexidad, en su caso, que guarde el juicio con otras impugnaciones.
Estado de Hidalgo Artículo 424 Código Electoral
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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
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