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Código para la Biodiversidad Artículo 6.20 Estado de México


Código para la Biodiversidad México
Artículo 6.20.

La Secretaría promoverá con las autoridades competentes que las instituciones de educación básica, media, superior y de investigación cuya jurisdicción sea para el Estado, así como con las organizaciones no gubernamentales y asociaciones protectoras de animales, federaciones, asociaciones y colegios de médicos veterinarios zootecnistas legalmente constituidas y registradas en el padrón correspondiente el desarrollo de programas de formación educativa en la cultura de protección, cuidado y bienestar dirigidos a los animales.



Estado de México Artículo 6.20 Código para la Biodiversidad
Artículo 1.1 ...5.115 6.1 6.20 6.3 6.4 ...6.98
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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