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Reglamento del Senado de la República Artículo 131 Federal de México


Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 131.

1.Cuando en el transcurso de una Legislatura haya cambios en la Presidenciade una comisión, el Presidente saliente transfiere al entrante, con el auxilio del Secretario Técnico, el inventario y los archivos.

2.En el mes de julio del año en que se renueva el Senado, el Presidente de cada comisión instruye que se preparen el inventario y los archivos para su depósito en la Secretaría Generalde Servicios Parlamentarios, la que realizará su posterior entrega a la comisión que corresponda de la Legislaturaentrante.

3.El inventario a que se refieren los párrafos anteriores contiene:

I.La relación de iniciativas, minutas, proposiciones y demás asuntos dictaminados o resueltos en definitiva, así como la de aquellos que quedan pendientes de ser considerados por el Pleno;

II.El listado de dictámenes elaborados en la comisión, que quedan con carácter de proyectos para la siguiente Legislatura;

III.El catálogo de los recursos materiales asignados a la comisión; y

IV.La memoria de labores de la comisión, que se publica en la Gaceta. Un ejemplar de la misma se entrega al Archivo Histórico y Memoria Legislativa y otro a la Bibliotecadel Senado.

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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