Código Civil Artículo 244 Estado de Chiapas
Código Civil Chiapas
Artículo 244.
EL VINCULO DE UN MATRIMONIO ANTERIOR EXISTENTE AL TIEMPO DE CONTRAERSE EL SEGUNDO, ANULA ESTE, AUNQUE SE CONTRAIGA DE BUENA FE, CREYENDOSE FUNDADAMENTE QUE EL CONSORTE ANTERIOR HABIA MUERTO. LA ACCION QUE NACE DE ESTA CAUSA DE NULIDAD PUEDE DEDUCIRSE POR EL CONYUGE DEL PRIMER MATRIMONIO, POR SUS HIJOS O HEREDEROS, Y POR LOS CONYUGES QUE CONTRAJERON EL SEGUNDO. NO DEDUCIENDOLA NINGUNA DE LAS PERSONAS MENCIONADAS, LA DEDUCIRA EL MINISTERIO PUBLICO
Estado de Chiapas Artículo 244 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
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