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Código Civil Artículo 1418 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Civil Guanajuato
Artículo 1418.

Artículo Derogado de conformidad con los artículos 1 y 4 transitorios de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios de Guanajuato publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, número 4, segunda parte de 7 de enero de 2005



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