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Código para la Biodiversidad Artículo 2.257 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código para la Biodiversidad México
Artículo 2.257.

La Secretaría competente o el Ayuntamiento en el ámbito de sus respectivas competencias, darán a los bienes incautados alguno de los siguientes destinos:

I.Venta a través de invitación a cuando menos tres compradores en aquellos casos en que el valor de lo incautado no exceda de cinco mil veces el salario diario mínimo de la zona geográfica del Estado en la que se hubiere verificado la infracción al momento de imponer la sanción. Si dichos invitados no comparecen el día señalado para la venta o sus precios no fueren aceptados, la autoridad podrá proceder a su venta directa;

II.Remate en subasta pública, cuando el valor de lo incautado exceda de cinco mil veces el salario diario mínimo de la zona geográfica del Estado en la que se hubiere verificado la infracción al momento de imponer la sanción;

III.Donación a organismos públicos e instituciones científicas o de enseñanza superior o de

beneficencia pública, según la naturaleza del bien incautado y de acuerdo a las funciones y actividades que realice el donatario siempre y cuando no sean lucrativas. Tratándose de especies y subespecies de flora y fauna silvestre, éstas podrán ser donadas a zoológicos públicos, siempre que se garantice la existencia de condiciones adecuadas para su desarrollo;

IV.Destrucción, cuando se trate de productos o subproductos de flora y fauna silvestre y de productos forestales plagados o que tengan alguna enfermedad que impida su aprovechamiento, y de artes de pesca y caza prohibidos por las disposiciones jurídicas aplicables.



Estado de México Artículo 2.257 Código para la Biodiversidad
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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