Código Civil Artículo 1805 Estado de Guerrero
Código Civil Guerrero
Artículo 1805.
Perderá el deudor todo derecho a utilizar el plazo:
I.Cuando, después de celebrado el negocio jurídico, resultare en estado de notoria insolvencia, o estuviese en peligro de caer en insolvencia, salvo que garantice suficientemente la deuda;
II.Cuando no otorgue las garantías a que se hubiese comprometido; y
III.Cuando por actos propios hubiese disminuido las garantías, después de establecidas, y cuando por caso fortuito desaparecieren, a menos que inmediatamente fueren sustituidas por otras igualmente seguras.
Estado de Guerrero Artículo 1805 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios