Código Civil Artículo 4.1 Estado de México
Código Civil México
Artículo 4.1. De la familia
Las disposiciones de este Código que se refieren a la familia, son de orden público e interés social y tienen por objeto proteger su organización y el desarrollo integral de sus miembros, basados en el respeto a su dignidad, libertad y la equidad de género.
Las relaciones jurídicas familiares constituyen el conjunto de deberes, derechos y obligaciones de las personas integrantes del grupo familiar, derivado de lazos de matrimonio, concubinato o parentesco.
Es deber de los miembros de la familia observa entre ellos consideración, solidaridad y respeto recíprocos en l desarrollo de las relaciones familiares.
Estado de México Artículo 4.1 Código Civil
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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