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Código Civil Artículo 7.909 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil México
Artículo 7.909. Concepto de sociedad civil

La sociedad civil se constituye mediante un contrato, por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común de carácter preponderantemente económico, que no constituya una especulación comercial, mediante la aportación de sus bienes o industria, o de ambos, para dividir entre sí las ganancias y pérdidas.



Estado de México Artículo 7.909 Código Civil
Artículo 1.1 ...7.907 7.908 7.909 7.910 7.911 ...8.76

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