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Código Civil Artículo 1236 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Morelos
Artículo 1236. SUPUESTOS LEGALES EN QUE NO SE APLICAN LAS DISPOSICIONES DE ESTE TITULO

Las disposiciones de este Título, relativas al tiempo y demás requisitos necesarios para la prescripción, sólo dejarán de observarse en los casos en que la Ley prevenga expresamente otra cosa.



Estado de Morelos Artículo 1236 Código Civil
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