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Código Civil Artículo 1776 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2026

Código Civil Morelos
Artículo 1776. TIEMPO LUGAR DE PAGO PRESUNCION LEGAL SOBRE COMPRAVENTA DE CONTADO

Si no se han fijado tiempo y lugar para el pago, éste se hará en aquéllos en que se entregue la cosa. Se presume, salvo pacto en contrario, que la venta será al contado, cuando no se señale fecha para el pago del precio.



Estado de Morelos Artículo 1776 Código Civil
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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