Imprimir

Código Civil Artículo 2097 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Civil Morelos
Artículo 2097. RESCISION DEL CONTRATO DE TRANSPORTE

El contrato de transporte es rescindible a voluntad del cargador, antes o después de comenzar el viaje, pagando en el primer caso al transportista la mitad y en el segundo la totalidad del porte, y siendo obligación suya recibir los efectos en el punto y en el día en que la rescisión se verifique. Si no cumpliere con esta obligación, o no pagare al contado, el contrato no quedará rescindido.

El contrato de transporte se rescindirá antes de emprender el viaje, o durante su curso, si sobreviniere algún suceso de fuerza mayor que impida su inicio o continuación.

En el caso previsto en el párrafo anterior, cada uno de los interesados perderá los gastos que hubiere hecho si el viaje no se ha realizado; si está en curso, el porteador tendrá derecho a que se le pague del porte, la parte proporcional al camino recorrido, y tendrá la obligación de presentar los efectos, para su depósito, a la autoridad judicial del punto en que ya no le sea posible continuarlo, comprobando y recabando la constancia relativa de hallarse tales efectos en el estado consignado en la carta de porte, de cuyo hecho dará conocimiento oportuno al cargador, a cuya disposición deben quedar aquéllos.



Estado de Morelos Artículo 2097 Código Civil
Artículo 1 ...2095 2096 2097 2098 2099 ...2557

Ver el artículo
Agregar un comentario


Los nuevos comentarios en el sitio web

Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse