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Código Civil Artículo 164 Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Civil Nuevo León
Artículo 164.

Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a tal efecto solventarán sus alimentos y los de sus hijos, sin perjuicio de distribuirse la carga económica en la forma y proporción que acuerden según sus posibilidades.

No tiene la obligación que impone este artículo el cónyuge que carezca de bienes propios y esté imposibilitado para trabajar, ni el que por convenio expreso o tácito con el otro, se ocupe de las labores del hogar o del cuidado de los hijos, en cuyo caso el otro solventará íntegramente esos conceptos.

Los demás derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre iguales para los cónyuges e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar



Estado de Nuevo León Artículo 164 Código Civil
Artículo 1 ...162 163 164 165 166 ...2936

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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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