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Código Civil Artículo 70 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Quintana Roo
Artículo 70.

Habrá error sobre la persona del deudor, cuando el pago se haga por quien falsamente se estime deudor.



Estado de Quintana Roo Artículo 70 Código Civil
Artículo 1 ...68 69 70 71 72 ...3207

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