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Código Civil Artículo 1724 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Tabasco
Artículo 1724. Cuándo se abre

La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia, y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente



Estado de Tabasco Artículo 1724 Código Civil
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