Código Civil Artículo 2743 Estado de Tabasco
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024
Código Civil Tabasco
Artículo 2743. Arrendamiento por tiempo indeterminado
Lo dispuesto en el artículo anterior se aplicará también al arrendamiento por tiempo indeterminado, comenzando a correr el término de un año a partir del día siguiente al en que se concluyen los términos a que se refiere el artículo 2740.
Estado de Tabasco Artículo 2743 Código Civil
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
08/09/20 10:00:28
En Tabasco México ¿que artículo se puede agregar con respecto a desalojo de ser necesario..?
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