Imprimir

Código Civil Artículo 600 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Civil Tlaxcala
Artículo 600.

Si el reconocimiento del hijo se hiciera después de haber sido registrado su nacimiento, se procederá a levantar acta separada haciendo la anotación correspondiente en el acta de nacimiento anterior a la del reconocimiento del hijo.

Si el hijo reconocido fuera menor de edad, deberá dar su consentimiento el padre o madre que lo haya presentado al Registro Civil y cuando el hijo reconocido fuera mayor de edad, él deberá dar su consentimiento ante el Oficial del Registro Civil, quien, en ambos  casos, levantará acta circunstanciada ante dos testigos y en presencia de los padres que hacen el reconocimiento; este documento se archivará como antecedente



Estado de Tlaxcala Artículo 600 Código Civil
Artículo 1 ...598 599 600 601 601 bis ...3078

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse