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Código Civil Artículo 2506 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Civil
Artículo 2506.

Si se confiere un mandato a diversas personas respecto de un mismo negocio aunque sea en un solo acto, no quedarán solidariamente obligados si no se convino así expresamente.



Estado de Veracruz Artículo 2506 Código Civil
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