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Código Civil Artículo 1743 Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Código Civil
Artículo 1743.

No pueden ser procuradores en juicio: I.- Los incapacitados.

II.- Los magistrados, jueces y demás funcionarios y empleados de la administración de justicia en ejercicio, dentro de los límites de su jurisdicción.

III.- Los empleados del fisco del Estado, en cualquier causa en que puedan intervenir de oficio, dentro de los límites de sus respectivos distritos.



Estado de Yucatán Artículo 1743 Código Civil
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


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