Código Civil Artículo 1162 Estado de Zacatecas
Código Civil Zacatecas
Artículo 1162.
El empobrecimiento y el enriquecimiento deben ser estimables en dinero en forma directa o indirecta.
Existe el enriquecimiento sin causa, no sólo en los casos en que se aumente el patrimonio de una persona en detrimento de otra, sino también cuando sin fuente o causa legítima, alguien se libere de una obligación.
Respecto al perjudicado, el empobrecimiento no sólo existirá cuando haya una pérdida o menoscabo en su patrimonio, sino también cuando deje de percibir todo aquello a que legítimamente tendría derecho
Estado de Zacatecas Artículo 1162 Código Civil
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