Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Artículo 5 Estado de Nuevo León
Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Nuevo León
Artículo 5. Inclusión
Promoveremos la participación ciudadana a través de la cooperación, la igualdad de género, la solidaridad, tolerancia e inclusión de personas con diversas visiones y capacidades, tanto en nuestro equipo de trabajo como en la sociedad que servimos.
Conductas que realizaremos, entre otras, para cumplir este principio:
Trataremos por igual, bajo una óptica de equidad y de justicia, a todas las personas, independientemente de su condición social, económica, política, edad, género, religión, preferencias o cualquier otra.
Otorgaremos igualdad de oportunidades de acceso a la función pública con base en el mérito personal.
Atenderemos con responsabilidad las recomendaciones de los organismos protectores de los derechos humanos y de la equidad de género.
Estado de Nuevo León Artículo 5 Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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