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Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Artículo 11 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Morelos
Artículo 11. Transparencia

Es el actuar del personal que favorece que el ejercicio de sus funciones se haga del conocimiento público en atención a la interpretación más amplia y extensiva para la protección de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.

El personal se compromete a:

Disponer de los diferentes grupos de interés información clara, completa, veraz y oportuna sobre nuestra gestión siempre que ésta no se encuentre clasificada como reservada o confidencial de acuerdo a Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Morelos.

Acciones del personal:

l. Garantizar el acceso a la información;

ll. Atender las solicitudes de información de manera clara, honesta y responsable;

lll. Actuar con imparcialidad y objetividad en la preparación e integración de la información;

lV. Cuidar que la información no sea sustraída, destruida, oculta o explotada indebidamente;

V. Archivar toda información pública de manera oportuna y responsable con la finalidad de formar parte del Archivo Histórico del Instituto, y

VI. Y las demás que se deriven de la normatividad aplicable.



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