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Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Artículo 12 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística
Artículo 12. Legalidad

Es el conocimiento, convencimiento y cumplimiento que todo personal debe tener sobre la importancia del apego al marco normativo aplicable en la realización de las funciones y actividades inherentes al cargo que desempeña.

El personal se compromete a:

Conocer y respetar las normas jurídicas establecidas por la Institución, por el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración y por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las normas que de ella emanen.

En relación a aquellos temas no previstos por la Ley o donde pudiera existir un lugar para la interpretación, se orientará con criterios de imparcialidad, transparencia, rendición de cuentas y honestidad.

Acciones del personal:

l. Actuar acorde con los valores inscritos en el Instituto y el Código de Ética   de los Servidores Públicos de la Administración Pública;

ll. Ejercer las facultades y funciones, con respeto y apego a la ley, acatando los principios de justicia y equidad;

lll. Conducirse de forma imparcial, tomando resoluciones de manera objetiva, dejando de lado intereses o prejuicios personales;

lV. Dar a conocer información contraria a lo establecido en las normas de la Institución, y

V. Facilitar la información de naturaleza pública que sea solicitada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Morelos y demás normatividad aplicable, siempre que esta no tenga carácter de confidencial. En caso de que esté catalogada de esta forma, solo podrá ser suministrada cuando se tengan la atribución para ello y sea requerida por mandato judicial.



Estado de Morelos Artículo 12 Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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