Imprimir

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 267 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca
Artículo 267.

Son facultades del Presidente del Tribunal:

a)Presidir las sesiones del Pleno del Tribunal, dirigir los debates y vigilar que se conserve el orden durante las sesiones;

b)Proponer al Pleno del Tribunal los nombramientos de Secretario General, Jueces Instructores, Secretarios de Estudio y Cuenta, Actuarios, y personal técnico administrativo necesario para el buen funcionamiento del Tribunal;

c)Representar permanentemente al Tribunal ante toda clase de autoridades y otorgar poderes para pleitos y cobranzas;

d)Conducir las relaciones con otros organismos Electorales;

e)Despachar la correspondencia del Tribunal;

f)Comunicar a los organismos electorales, para su cumplimiento, las resoluciones que dicte el Tribunal;

g)Elaborar, y una vez aprobado por el Pleno, enviar el proyecto de presupuesto del Tribunal al titular del Poder Ejecutivo, por conducto del funcionario que éste designe;

h)Rendir un informe anual ante el Pleno del Tribunal, en sesión ordinaria, dando cuenta de la administración del mismo y de los principales criterios adoptados en sus resoluciones y ordenar su publicación; e

i)Las demás que le confieren las Leyes.

 



Estado de Oaxaca Artículo 267 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
Artículo 1 ...265 266 267 268 269 ...289

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse