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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 222 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Morelos
Artículo 222.

Son votos nulos:

I. Aquél expresado por un elector en una boleta que depositó en la urna, sin haber marcado ningún cuadro que contenga el emblema de un partido político, candidatura común o acuerdo o desacuerdo con el mecanismo de participación ciudadana de que se trate, y

II. Cuando el elector marque dos o más cuadros sin existir coalición o candidatura común entre los partidos cuyos emblemas hayan sido marcados o ambas opciones tratándose de un mecanismo de participación ciudadana



Estado de Morelos Artículo 222 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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