Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 403 Estado de Morelos
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Morelos
Artículo 403.
Las relaciones de trabajo entre el Instituto Morelense y el Tribunal Electoral con sus respectivos trabajadores, se rigen por lo dispuesto en el apartado B del artículo 123 de la Constitución Federal.
En consecuencia, dichas relaciones se regulan por las disposiciones de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos.
En su caso, para los servidores públicos del Instituto Morelense, les resultarán aplicables las disposiciones establecidas dentro del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, así como la normativa secundaria que de este se derive.
Estado de Morelos Artículo 403 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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